La Ley del polémico Bienestar Animal

La nueva legislación entrará en vigor a partir de Septiembre del 2023. Pero lleva meses creando expectación, polémica y confusión entre los propietarios y algunos sectores de la profesión veterinaria. La difusión de noticias sensacionalistas y no bien documentadas han alimentado la confusión entre la población.

La Ley del polémico Bienestar AnimalA pesar de no gustarme mucho leer leyes, las controvertidas noticias y titulares me han llevado varias veces a releer el BOE. Y tengo que decir que lo recomiendo a todos para que podamos comprobar cómo pueden desinformar algunos medios de comunicación.

No quiero entrar en valoraciones personales, sólo diré que la sociedad española ha evolucionado en las últimos 30 años muy favorablemente en la atención, cuidado y sanidad animal. Y digo Sanidad Animal en general, desde la vigilancia en los mataderos y cadena alimentaria hasta en la forma de tratar y cuidar a mascotas o animales de compañía. Era necesario adaptar las leyes a nuestra nueva forma de convivir con nuestras mascotas, tengo la esperanza que mejorará con el tiempo poco a poco todo lo que esta ley no abarca, como por ejemplo los perros de caza y deporte.

Dejando ya atrás mi punto de vista quiero dejarte de la forma más resumida posible lo que sí sabemos ya que está regulado, a fecha de Mayo del 2023.

Los animales de compañía son: perros, gatos y hurones. Las demás especies animales tendrán que ser declaradas por los propietarios que están bajo su vigilancia y tutela, cumpliendo con las necesidades de salud y bienestar que cada una requiera. En 5 años desde la entrada en vigor de la ley, el listado de especies permitidas podrá verse ampliado. El organismo y autoridad competente donde tendrías que inscribirte si tienes en casa serpientes, lagartos, tortugas, y algunas especies más, aún no ha sido designado.

La identificación de todos los animales de compañía es obligatoria mediante microchip. Esto ya lo incluían leyes que están actualmente en vigor.

Todos los gatos deben estar esterilizados antes de los 6 meses de vida. Si quieres tener crías con tu gato tendrás que inscribirte en un registro de criadores a nivel nacional. Este organismo aún no se ha creado.

Los propietarios o tutores de perros y hurones están obligados a tener medidas de “no cría” con sus animales. Si tu intención es tener crías con tu perro o hurón deberás inscribirte en el registro nacional de criadores, organismo nuevo a día de hoy Si tienes macho y hembra conviviendo en casa juntos vas a tener que esterilizar a uno, o los dos. Hasta ahora todos acatábamos esta norma no escrita ni legislada por lo poco deseable para nuestras mascotas y el resto de la familia que es una hembra en celo y un macho queriendo montarla durante 24 horas.

De esta manera sólo y exclusivamente los “criadores” podrán procrear con sus mascotas o animales de compañía y posteriormente venderlas.

Todos los propietarios estamos obligados a proporcionar a nuestras mascotas una buena sanidad con revisiones veterinarias (cuya periodicidad aún no ha sido establecida) y bienestar animal con una buena salud emocional: estamos obligados a proporcionales paseos, ejercicio, juegos, compañía, alimentos, tratamientos preventivos, según las necesidades de cada especie y de cada individuo. Tengo que recordar que en cada vacuna que un veterinario inocula a una mascota hace una revisión de ese animal.

El curso de formación para tenencia de perros será obligatorio. Aún no sabemos quién lo impartirá. Lo que sí sabemos ya es que será online, gratuito y tendrá validez para toda la vida.

Otra “novedad”, entrecomillo porque la mayoría ya disponemos de ello, es el seguro de responsabilidad civil para los perros. Será válido el seguro de hogar que tiene incluido a los perros de la familia.

La eutanasia está prohibida, excepto por motivos de seguridad en las personas o animales o riesgo para la salud pública. Se podrá realizar la eutanasia para evitar sufrimiento por causas no recuperables que comprometan seriamente la calidad de vida del animal, siempre justificado bajo criterio y control veterinario. En estos casos el profesional deberá emitir un certificado que lo justifique. La eutanasia sigue siendo un acto realizado exclusivamente por un veterinario. Llevamos muchos años con una legislación en vigor a la que todos los profesionales nos ceñimos: bajo anestesia general y evitando el sufrimiento del animal.

Otra de las nuevas normas dentro de esta ley es la baja por muerte de un animal de compañía, que deberá ir acompañada de un documento que certifique que ha sido incinerada o enterrada por una empresa que esté certificada para ello. No se podrá dar de baja a animales que se entierren en propiedades privadas o públicas.

Como el gran Mahatma Gandhi solía decir
“un país, una civilización se puede juzgar por la forma en que trata a sus animales”.